De la economía tradicional a la economía digital compartida

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Jaime Enrique Sarmiento Suárez
José Luis Garcés Bautista

Resumen

La economía mundial viene sufriendo unos grandes cambios, los cuales han llevado a que la economía tradicional basada en un hiperconsumismo se vea amenazada y desplazada por una nueva tendencia económica basada en un consumo inteligente y sostenible, un consumo que se preocupa por no utilizar más de lo que sea necesario, un consumo basado en la colaboración y en el empleo de aquellos bienes ociosos. Este nuevo fenómeno se deriva de la crisis económica que estaba afrontando el mundo en la última década, el apogeo de las redes sociales y el comportamiento participativo en Internet, consolidando una nueva estrategia de negocio que permite llegar a más personas de una manera más rápida y efectiva. Según estimaciones la economía digital colaborativa para el año 2025, moverá 235.000 millones de dólares. En América Latina esta tendencia hasta ahora está tomando forma, y al igual que a nivel global se está tratando de entender y hacer que convivan los dos enfoques, tradicional y digital, para que no riñan entre ellos, y lo que se busque es una “sana” competencia que en últimas beneficie al usuario final, por ellos los países en el mundo tienen la tarea de buscar los mejores marcos regulatorios que permitan una competencia justa entre las partes. En el caso de Colombia, este proceso se encuentra en pleno estado embrionario en materia de leyes, y en cuanto a la convivencia dado que no existe un marco legal estructurado ha permitido una serie de situaciones que han llevado a encontrar los dos esquemas económicos.

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Cómo citar
Sarmiento Suárez, J. E., & Garcés Bautista, J. L. (2017). De la economía tradicional a la economía digital compartida. INNOVA Research Journal, 2(10.1), 12–17. https://doi.org/10.33890/innova.v2.n10.1.2017.432
Sección
Artículos

Citas

Comité Económico y Social Europeo. (Enero de 2014). http://eur-lex.europa.eu. Obtenido de http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52013IE2788

ECODES. (Septiembre de 2013). www.ecode.org. Obtenido de http://ecodes.org/component/option,com_phocadownload/Itemid,2/download,230/id,14/view,category/

El Tiempo. (23 de Enero de 2017). Plataformas que se imponen en el mundo del consumo colaborativo. El Tiempo. Obtenido de http://www.eltiempo.com/tecnosfera/novedades-tecnologia/plataformas-de-economia-colaborativa-38468

Garcia Zuccaerdi, A., Chamorro, J., Tamayo, J., & Osorio, H. (Julio de 2016). Congreso de la República de Colombia. Obtenido de http://190.26.211.102/proyectos/index.php/textos-radicados-senado/pl-2016-2017/675-proyecto-de-ley-022-de-2016

Lara Restrepo, R. (Agosto de 2016). Congreso de la República de Colombia. Obtenido de http://190.26.211.102/proyectos/index.php/textos-radicados-senado/pl-2016-2017/759-proyecto-de-ley-110-de-2016

Multilateral Investment Fund, & IE Business School. (2016). Economía Colaborativa en América Latina. IE Business School. Obtenido de informeeconomiacolaborativalatam.ie.edu/informe-economia-colaborativa.pdf

Semana. (19 de Marzo de 2016). Semana. Obtenido de http://www.semana.com/economia/articulo/uber-airbnb-y-bitcoin-economia-colaborativa-amenaza-a-la-tradicional/465955

Walsh, B. (17 de Marzo de 2011). TIME. Obtenido de http://content.time.com/time/specials/packages/article/0,28804,2059521_2059717_2059710,00.html